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Incluyen a servicios de salud y educación dentro del derecho humano a la conectividad

Por considerar que educar sin conectividad en el tiempo presente acrecienta las desigualdades, las cuales repercuten en las distintas prerrogativas fundamentales, el Congreso aprobó la Ley que reforma la Constitución local, que permitirá al Estado garantizar, como un derecho humano, la posibilidad de acceder a la conectividad de redes digitales de información y comunicación.

Se trata de la Ley que reforma el párrafo décimo segundo del Artículo 1° de la Constitución Política del Estado de Sonora, para quedar como sigue:

El Estado garantizará como un derecho humano el tener la posibilidad de acceder a la conectividad de redes digitales de información y comunicación, como una política pública que otorga igualdad de oportunidades a sus habitantes en el acceso a nuevas tecnologías, con el fin de fortalecer los servicios de salud y educación, así como promover el desarrollo cultural, económico, social y político en el Estado.

Las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Educación y Cultura, en forma unida, presentaron el dictamen que se elaboró con base a una iniciativa que el 8 de febrero de 2022 dieron a conocer ante el Pleno del Congreso la diputada Beatriz Cota Ponce y el diputado Fermín Trujillo Fuentes, donde también incluyeron un proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Educación y de Becas y Crédito Educativo del Estado de Sonora.

De acuerdo a uno de los considerandos del dictamen, educar sin conectividad en el tiempo presente acrecienta las desigualdades, las que repercuten en las distintas prerrogativas fundamentales, motivo por el cual, para expandir las políticas gubernamentales estatales y nacionales destinadas a conectar todas las escuelas a Internet de alta velocidad de banda ancha, no debe perderse el objetivo principal, que es elevar el enfoque de estas políticas de conectividad en y dentro de las escuelas.

“En resumen, debemos concebir el derecho a la conectividad en un sentido más amplio, pensado como el acceso al servicio de Internet de banda ancha, con el fin de contar con una velocidad adecuada de acceso a la información, debiendo contemplar, además, la adquisición de dispositivos que permitan el acceso pleno a ese tipo de servicio, ya que su importancia radica en que con este derecho cubierto tendremos herramientas que nos permitan desarrollar el derecho a la salud, la educación y el trabajo”, establece otro de los considerandos del dictamen al que dio lectura la diputada Cota Ponce.

En relación al Decreto que reforma y adiciona las leyes de Educación y de Becas y Crédito Educativo, se consideró que tiene un sentido positivo, debido a que ordena la coordinación de la Secretaría de Educación y Cultura con los ayuntamientos, para garantizar la impartición de educación a distancia, tomando en cuenta las condiciones de cada región del Estado, así como el otorgamiento de apoyos para tener acceso a los medios para hacer la educación a distancia posible, priorizando ésta a comunidades indígenas y a los municipios rurales del Estado.

La Ley que reforma el párrafo décimo segundo del Artículo 1° de la Constitución local será enviada a los 72 ayuntamientos para su aprobación, y una vez sea aprobada por la mitad más uno de los cabildos, será enviada a publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado y su posterior entrada en vigor.

La asamblea también aprobó el Decreto que reforma el Artículo 167 Quater del Código Penal del Estado de Sonora que, con base en una iniciativa presentada por el Gobernador del Estado, tiene por finalidad la clarificación del tipo penal contenido en dicho numeral, en atención a las opiniones vertidas tanto por los grupos de madres buscadoras como por diversos medios de comunicación en el Estado.

“Al efecto, la iniciativa en estudio plantea que únicamente los servidores públicos integrantes de alguna institución policial, de procuración o impartición de justicia que realicen las conductas señaladas en el primer párrafo del artículo, serán sujetos a la comisión de dicho delito”, establece uno de los considerandos del dictamen presentado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, al que dio lectura la diputada Diana Karina Barreras Samaniego.

Agrega que en el párrafo segundo del Artículo 167 Quater se eliminó la frase: lesiones o estado de salud, con lo cual se le da congruencia, ya que son imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o niños, lo que quiere decir que no hay lesiones o estado de salud, ya que la persona ha fallecido.

ARTICULO 167 QUATER.- Al servidor público integrante de alguna institución policial, de procuración o impartición de justicia que fuera de los supuestos autorizados por la Ley, audiograbe, comercie, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe imágenes o audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que éstos presentan, sea en el lugar de los hechos o del hallazgo o en cualquier domicilio público o privado, se le impondrá de cuatro a diez años de prisión y multa por un importe equivalente de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. Tratándose de imágenes o audios de cadáveres de mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad o de las circunstancias de su muerte, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad.

En esta sesión ordinaria se aprobó por mayoría la designación de la ciudadana Lyzeth Salcedo Salinas como Comisionada de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas, al obtener más de las dos terceras partes de los votos del Pleno.

El dictamen, al que dio lectura la diputada María Jesús Castro Urquijo, fue presentado por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con el Acuerdo de la terna que también integraron los ciudadanos José Luis Bojórquez Ortega y María Magdalena Rivera Carrillo.

Sobre este punto del orden del día, la diputada Rosa Elena Trujillo Llanes propuso a la asamblea regresar la terna al Ejecutivo estatal y se realice un proceso transparente, por considerar que ninguno de los tres perfiles cumple a cabalidad con lo que se necesita para tener una Comisionada o Comisionado que en realidad atienda lo que tanto lamentan quienes pasan por la desaparición de algún familiar o por feminicidios.

Otro dictamen aprobó la asamblea, con punto de Acuerdo que resuelve que son improcedentes las iniciativas contenidas en los folios: 558, 585, 1275, 1436, 1482, 1748, 2128, 2129, 2150, 3203, 3589 y se desecha el contenido del folio 3213, todos pertenecientes a la LXII Legislatura, dio a conocer la diputada Claudia Zulema Bours Corral, a nombre de la Comisión de Movilidad y Seguridad Vial.